El Gobierno, liderado por el presidente Gustavo Petro, firmo el Decreto 489 de 2024, que formaliza el giro directo de recursos económicos del Estado a las Empresas Promotoras de Salud (EPS) en el régimen contributivo. Esta medida, respaldada por los ministros de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, y de Hacienda, Ricardo Bonilla, busca mejorar la eficiencia y transparencia en la distribución de recursos en el sector.
El giro directo, que será obligatorio para el régimen contributivo y para aquellas EPS que no cumplan con los requisitos financieros adecuados o estén bajo medidas especiales, representa un cambio paradigmático en la manera en que se realizan los pagos a los prestadores de servicios de salud en Colombia. La eliminación de la intermediación de las EPS pretende agilizar y garantizar que los recursos lleguen de manera directa y eficiente a las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), como clínicas, hospitales y proveedores de medicamentos.
El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, destacó que esta medida afectará significativamente al 80% del régimen subsidiado y a las EPS del régimen contributivo que no cumplen con los criterios financieros establecidos. Se asegura que el 80% de los recursos serán pagados oportunamente a quienes cumplan con los requerimientos, aunque algunos expertos advierten que este cambio podría restar funciones a las EPS y generar desafíos logísticos y operativos que requerirán una supervisión cuidadosa por parte de las autoridades competentes.
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El Decreto 489 de 2024 también establece que la Administradora de Recursos del Sistema de Salud (ADRES) será la entidad encargada de realizar los pagos a las IPS y proveedores de tecnologías en salud. Además, se prevé la creación de un instrumento por parte del Ministerio de Salud y la ADRES para el seguimiento permanente a la oportunidad del giro de los recursos, así como a su programación, destinación y ejecución por parte de las EPS y las instituciones prestadoras de servicios de salud.
El giro directo de acuerdo con el Gobierno es una medida que busca agilizar y transparentar la distribución de recursos en el sistema de salud colombiano. Con este decreto, se establecen condiciones claras para su implementación:
– Las EPS que no cumplan con el requisito de patrimonio adecuado deben adoptar el giro directo.
– Aquellas bajo vigilancia especial o intervenidas también están obligadas a usar este mecanismo.
– Las aseguradoras pueden optar voluntariamente por el giro directo.
En cuanto a las entidades obligadas a acogerse a esta medida, el Decreto 489 de 2024 aplica a las EPS del régimen contributivo, las entidades responsables de la compensación, las instituciones y entidades proveedoras de servicios de salud y tecnologías médicas, la Superintendencia Nacional de Salud y la ADRES. Asimismo, se extiende a las EPS del régimen subsidiado en relación con los recursos recibidos por afiliados al régimen contributivo cuando corresponda la medida.