En la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes fue radicado el texto de la reforma laboral que será objeto del primer debate en el Congreso de la República. El texto, debatido entre los congresistas ponentes de la propuesta, sus equipos de trabajo legislativo y el Ministerio del Trabajo, solo mantuvo el 50% de los artículos presentados en la reforma laboral original.

Y es que el texto conocido en ponencia muestra diferencias en comparación con el espíritu de la propuesta radicada bajo el título Trabajo por el cambio, que en su paso por el Congreso perdió el sentido inicial.

El Director del Departamento de Relaciones con sectores sociales de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT), Diógenes Orjuela, denunció en su cuenta de Twitter algunos puntos neurálgicos en los que el texto de la reforma laboral difiere de varias banderas que presentó el Ministerio del Trabajo hace unos meses.

“Las coincidencias que había con documentos de las Centrales Obreras desaparecieron o fueron rebajadas. Y lo negativo se profundizó”, aseguró Orjuela.

Estos son los puntos tratados por Orjuela, que van desde la promesa de reducir la inestabilidad laboral, pasando por el aumento de horas de la jornada nocturna hasta la importancia de reconocer la huelga como derecho fundamental.

1. Continuará la tercerización laboral, contratos como los temporales y de obra labor para funciones misionales

De acuerdo con Diógenes Orjuela, entre las modificaciones realizadas al texto de la reforma laboral, en el Congreso de la República, está la eliminación del artículo que limitaba el uso de contratos a término fijo y de obra/labor, por los cuales se contrata al trabajador para desempeñar funciones misionales de la empresa o institución.

“Con esos cambios, la ‘prioridad’ del contrato a término indefinido es un mero saludo a la bandera”, escribió Orjuela en su cuenta de Twitter.

En línea con lo anterior, el directivo de la CUT denunció que la reforma laboral presentada en la ponencia mantiene la legalidad de la tercerización laboral, a través de la cual los contratistas y subcontratistas pueden desarrollar funciones misionales y permanentes en la organización para la cual prestan sus servicios.

A esto agregó que el texto presentado en ponencia “elimina el límite que existía para que no se desempeñen funciones misionales y permanentes a través de órdenes de prestación de servicios. Todas las formas de flexibilizar la estabilidad y ocultar el verdadero empleador siguen vivas. Y lo peor, las legaliza”.

2. Inestabilidad laboral

Asimismo, Orjuela asegura que la promesa de la reforma laboral de ampliar la estabilidad laboral quedó en el pasado. “La estabilidad laboral reforzada por enfermedad o discapacidad queda en peores condiciones”, aseguró Diógenes. Asimismo, añadió que el empleador tendrá “vía libre al despido”, situación que hoy no se presenta de manera tan abierta debido a que el empleador debe “tener autorización motivada para el despido”.

Luego de que el empleado sea despedido, “debe demostrar la discriminación. ¡Absurdo!”, explicó el directivo de la CUT .

Para Orjuela, los cambios realizados al texto original de la reforma laboral dan a entender que en lugar de frenar los despidos sin justa causa los incentivan, quien añade que la reforma “abarata el despido para los trabajadores de menos de 10 salarios mínimos con antigüedad entre 1 y 5 años”.

De acuerdo con la ley actual (artículo 28 de la ley 789 de 2002 y artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo), si un trabajador con dichas características laborales es despedido sin justa causa, el empleador el empleador deberá indemnizarlo así:

En la actualidad, la ley dicta que la indemnización para un trabajador que haya servido a la empresa por menos de un año, debe ser por el valor de 30 días de salario.

En el caso de un trabajador que haya permanecido entre 1 y 10 años continuos en la organización, la indemnización debe ser de “veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción”.

Sin embargo, la propuesta presentada en plenaria muestra que los trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos y tengan una antigüedad entre uno y cinco años podrían ser despedidos con una indemnización de 15 días de trabajo por cada año trabajado .

“Con la inestabilidad laboral del país, la mayoría de la fuerza laboral está en esta condición”, escribe el directivo de la CUT.

3. Jornada nocturna y recargo dominical

Con la reforma “el día será el día y la noche será la noche”, aseguró la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez cuando radicó el texto de la reforma laboral. Sin embargo, con la ponencia presentada ayer en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, la propuesta de una jornada diurna y nocturna de doce horas cambió, al reducirse en una hora la jornada nocturna.

“El Ministerio del Trabajo incumple su anuncio de devolver el inicio de la jornada nocturna a las 6:00 pm.

La ponencia afirma que la jornada nocturna irá de 7:00 pm a 6:00 am”, escribió Orjuela.

Asimismo, criticó que “el gobierno incumple su promesa de devolver el recargo de dominicales y festivos al 100%”. Si bien dicha propuesta está cambiando, lo acordado para la ponencia fue un incremento del recargo dominical y festivo de manera progresiva. En la actualidad este recargo es del 75% del salario diario y con la propuesta modificada quedaría en 80% para julio de 2024, 90% para julio de 2025 y del 100% desde el 2026.

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Redacción Periódico Hoy es Viernes

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