Por: Oscar Fernando Cortes Herrera.                                                                                                                                 Periódico Hoy es Viernes.

En Colombia, de acuerdo con la Ley 974 de 2005, que entró en vigencia el 19 de julio del 2006, bancada es el grupo de miembros de las corporaciones públicas (congreso, asambleas, concejos y JAL) elegidos por un mismo partido, movimiento social o grupo significativo de ciudadanos.

De acuerdo con esta legislación, sus miembros tienen la obligación legal de actuar en grupo y coordinadamente. Con la adopción del régimen de bancadas, el país dio un paso importante en la conciliación de dos dúos de valores fundamentales en la formación de las políticas públicas. De un lado, la representatividad y la legitimidad -que en Colombia tuvieron un gran avance con la Constitución de 1991- y del otro, la agilidad y la flexibilidad.

En efecto, con el régimen de bancadas se busca preservar la participación de las corporaciones públicas en la formación de dichas políticas (representatividad y legitimidad), pero buscando los menores costos de transacción (agilidad y flexibilidad). Dichos costos de transacción se reducen pues es más fácil lograr acuerdos entre cinco o seis bancadas -si éstas actúan como cinco o seis actores en la discusión- que, por ejemplo, entre todos los congresistas.

Lo anterior, facilita y eleva el nivel de los debates, que deberían quedar reducidos al encuentro de las posiciones de las bancadas y, además, vuelve más transparente la relación entre los gobernantes y las corporaciones públicas. Ahora bien, en cuanto a su implantación en el país, el régimen ha tenido varios obstáculos, incluso algunos de ellos provenientes de la misma Ley 974.

Así es la Ley de Bancadas en Colombia

La Ley de Bancadas, que es la número 974 de 2005, es una de las herramientas más importantes de control político interno de los partidos que tienen personería jurídica en el país.

Esta normativa da cuenta de que una bancada se considera como aquella en la que los miembros de las Corporaciones Públicas son elegidos por un mismo partido, movimiento social o grupo significativo de ciudadanos.

Lo anterior entendiendo también que, y es el argumento de los partidos que ya no son de coalición, “los miembros de cada bancada actuarán en grupo y coordinadamente y emplearán mecanismos democráticos para tomar sus decisiones al interior de las corporaciones públicas en todos los temas que los Estatutos del respectivo Partido o Movimiento Político no establezcan como de conciencia”, dice la normativa.

De allí que, en el marco de la Ley de Bancadas en Colombia, esos partidos tengan que fijar los estatutos y las reglas para el funcionamiento de sus bancadas.

A lo anterior también se le suman aquellos mecanismos para la coordinación de las decisiones dentro de las corporaciones públicas, en las que se establezcan obligaciones y responsabilidades.

El punto está en que, al menos desde el lado del Partido Liberal, y según 18 de los 33 representantes que tiene esa colectividad, en el marco de las reuniones internas no se acordó una postura única de votación para la reforma a la salud en Colombia.

La decisión de voto en la Ley de Bancadas en Colombia

Se lee en la normativa que, “cuando la decisión frente a un tema sea la de dejar en libertad a sus miembros para votar de acuerdo con su criterio individual, se dejará constancia de ello en el acta respectiva de la reunión de la bancada”.

Lo que tampoco habría ocurrido en el caso de los liberales tanto en Senado como en la Cámara de Representantes.

Aunque, hay que aclarar, la bancada puede adoptar esta decisión “cuando se trate de asuntos de conciencia”.

Finalmente, y ante la posibilidad de que venga una avalancha de declaratorias de independencia o renuncias al partido político, la Ley también contempla una disposición.

“El retiro voluntario de un miembro de Corporación Pública del partido o movimiento político o ciudadano en cuyo nombre se eligió, implica el incumplimiento del deber de constituir bancada, y como tal podrá sancionarse como una violación al Régimen de Bancada en los términos de la Constitución y la ley”, dice la norma.

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Redacción Periódico Hoy es Viernes

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