– Las entidades responsables deben presentar su primer plan institucional
a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Bogotá, 28 de marzo de 2022 – Con la expedición del Decreto 376 de 2022,
el Ministerio de Salud y Protección Social definió los lineamientos para la
puesta en marcha del Sistema de Formación Continua para el Talento Humano
en Salud, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Kattya Baquero, directora de Desarrollo del Talento Humano en Salud, explicó
que “este decreto reglamenta el artículo 98 de la Ley 1438 de 2011, que
establece como prioridad esa preparación continua para la implementación del
programa de Atención Primaria y materializa lo establecido en la Política
Nacional de Talento Humano en Salud, con relación al desarrollo de sistemas
de formación continua para el personal sanitario, ya que la capacitación y
actualización permanente de conocimientos es fundamental para garantizar la
calidad de la atención en salud”.
Además, promueve el crecimiento personal y profesional, en pro de la
alineación de los intereses y expectativas de éste, con las necesidades de la
población y los objetivos del Sistema.
La norma articula las tareas y acciones de cada uno de los actores del sistema
de formación continua: oferentes, entidades prestadoras de servicios y
aseguradoras, entidades territoriales de salud y, por supuesto, el talento
humano en salud; todos ellos, cuando participen del servicio de salud,
prestado en el contexto del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Dentro de los objetivos está también orientar y fomentar la oferta nacional y
territorial de acciones de formación continua, atendiendo, entre otros
principios de la atención en salud, la interculturalidad y el enfoque diferencial.
“El tema de la atención en salud con enfoque diferencial es muy importante
para nosotros como Ministerio, por eso se identificarán brechas de formación,
particularmente, respecto de quienes se encuentren alejados de los centros
urbanos e instituciones de formación”, apuntó.
Asimismo, se debe propender porque las acciones de formación continua
respondan a la estructura y requerimientos del Sistema General de Seguridad
Social en Salud, y consulten las características de la población y de los
territorios.
Plan institucional
La funcionaria dijo que uno de los aspectos a resaltar en el acto administrativo
es justamente el diseño anual del plan institucional de formación, que deben
presentar las entidades promotoras de salud, administradoras de planes
voluntarios de salud, entidades adaptadas, entidades territoriales de orden
departamental y distrital, a través de sus correspondientes secretarías de
salud o de las dependencias que hagan sus veces, y las instituciones
prestadoras de servicios de salud.
“En el plan deben identificar las necesidades y requerimientos de formación
continua de su talento humano en salud y formular la estrategia, así como el
conjunto de acciones para complementar, actualizar, perfeccionar, renovar o
profundizar sus conocimientos, habilidades, técnicas y prácticas que le
permitan mejorar el desempeño y, por tanto, la prestación del servicio de
salud”, indicó.
Para el caso de las entidades territoriales de orden departamental y distrital y
las IPS de naturaleza pública, corresponderá al Plan Institucional de
Capacitación – PIC.
Baquero destacó que “los planes de formación continua deben priorizar la
capacitación asociada al fortalecimiento de la atención primaria en salud y
estar acordes a las demás estrategias y enfoques que hacen parte de la Política
Integral de Atención en Salud”.
El primer documento deberá presentarse a más tardar el 31 de diciembre del
año 2022, e iniciar su ejecución en un plazo de seis (6) meses después de su
elaboración.
Oferentes y financiación
Un importante avance normativo es que el decreto emite lineamientos
conceptuales, de calidad y pedagógicos para que los oferentes de la formación
continua dirijan su acción hacia el fortalecimiento de los conocimientos,
habilidades, destrezas, competencias transversales y específicas, capacidades
interdisciplinarias, interprofesionales e interculturales del talento humano en
salud, de acuerdo con la situación, prioridades en salud de la población y
necesidades del referido Sistema General de Seguridad Social en Salud.