A pesar de que el impuesto de 4×1.000 será uno de los puntos a cambiar en la reforma tributaria, algunas cuentas de ahorro ya cuentan con la exención de dicho cobro.
Así mismo, este impuesto, También se le conoce como Gravamen de Movimientos Financieros (GMF) y consiste en descontar $4 por cada $1.000 de la transacción, ya sea un retiro, un pago, traslado, y sea desde una cuenta corriente o una cuenta de ahorros.
Con base en lo anterior, es importante que las personas sepan cómo funciona este impuesto y en que casos está exento del mismo.
¿Qué movimientos financieros están sujetos al impuesto de 4×1.000?
- Transacciones financieras en las que existan recursos en cuentas corrientes o cuentas de ahorro, cuentas de depósito en el Banco de la República, saldos positivos en tarjetas de crédito
- Expedición de cheques de gerencia
- Débitos a fondos comunes ordinarios o fondos de valores
- Desembolsos de créditos
- Movimientos contables configurados en el pago de obligaciones, traslados derechos de cualquier título
- Traslados de fondos a cualquier título o cesión de este
- Desembolsos de créditos abonados y cancelados al instante.
¿Quiénes dejan de pagar el impuesto de 4X1.000?
Según lo mencionado por el director de la Dian, el impuesto 4 x1.000 deja de alcanzar a los que realicen movimientos menores a $13,3 millones al mes.
¿Qué pasará con el Impuesto de 4X1000?
Según el director de la DIAN, “se acaba el 4 x 1.000 para quienes hagan movimientos menores a $13,3 millones al mes. Ya existe una exención para una sola cuenta bancaria marcada. En adelante, los bancos deberán consolidar información entre ellos para que la exención aplique sin necesidad de marcar la cuenta. De acuerdo con el Artículo 881-1 sobre el Control de Operaciones y montos exentos del gravamen a los movimientos financieros”.
A partir del proyecto de ley las entidades bancarias deberán consolidar la información del saldo total de los contribuyentes entre las diferentes cuentas, y que más allá de dónde esté el dinero, al mover un monto por debajo de $13.300.000 millones al mes, puedan ser exonerados.
Cabe señalar que esto es un impuesto, no un descuento del banco por sus productos y servicios, y que las entidades no obtienen ningún usufructo de este gravamen, ya que deben pasarlo en su totalidad al Gobierno Nacional.
¿Qué cuentas están exentas del impuesto de 4×1.000?
- Todo usuario que cuente con una o más cuentas de ahorro, depósitos electrónicos, tarjetas prepago-abiertas, puede tener solo una de ellas exenta del 4×1000, mientras que se solicite la exoneración a la entidad financiera, y que las transacciones anuales no superen la suma de 350 UVT (Unidad de Valor Tributario, que para el 2022 corresponde a $38.004), es decir, la suma de $13.301.400 mensuales.
- Los cheques de gerencia cuando sean expedidos con cargo a los recursos de la cuenta corriente o de ahorros del ordenante, mientras que la cuenta corriente o de ahorros sea de la misma entidad de crédito que expida el cheque de gerencia.
- Para los retiros que se efectúen en cuentas de ahorro especiales, que los pensionados abran con el objetivo de depositar sus mesadas pensionales y hasta el monto de estas, cuando estas sean equivalentes a 41 Unidades de Valor Tributario ($38.004 en 2022), o menos, estarán exentos del 4×1000. Los pensionados podrán abrir y marcar otra cuenta en el mismo establecimiento para gozar de una exención.
- De igual forma estarán exentos, los traslados que se efectúen entre las cuentas de ahorro especial que los pensionados abran para depositar el valor de sus mesadas pensionales y la otra cuenta marcada en el mismo establecimiento. Dado el caso de que el pensionado no marque ninguna otra cuenta adicional, el límite exento de las cuentas de ahorro especial de los pensionados ya no será equivalente a 41 UVT sino a 350 UVT ($13.301.400).
- Por su parte, las empresas pueden tener hasta 5 cuentas exentas del impuesto 4×1000, esto para fomentar la inversión y el acceso al crédito empresarial.