¿A quiénes aplica la tarifa diferencial establecida en el decreto 2497 de 2022?
De acuerdo con el decreto 2497 de 2022 los vehículos de las categorías ciclomotor, motos de menos de 100 cc, motos de 100 cc y hasta 200 cc, motocarros tricimotos y cuadriciclos, motocarros 5 pasajeros, autos de negocios (camperos y camionetas que prestan servicio público de 5 ocupantes), taxis y microbuses urbanos, servicio público urbano, buses y busetas y vehículos de servicio público intermunicipal tendrán una tarifa diferencial aproximadamente del 50% sobre el valor vigente al 14 de diciembre de 2022 del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT.
¿Por qué se aplica la medida?
La medida se aplica con el ánimo de reducir los índices de siniestralidad en el país, prevenir el fraude en las reclamaciones y enfrentar la evasión en la compra del SOAT.
¿De dónde salen los recursos para financiar el 50% del SOAT?
Los recursos para financiar la tarifa diferencial en estas categorías será con recursos del SOAT y del presupuesto General de la Nación administrados por la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES.
¿Hay beneficios para los vehículos que no se encuentran en las categorías establecidas para el descuento del 50%?
Sí, aquellos propietarios de vehículos que hayan tenido un buen comportamiento durante los años 2020 y 2021, se les aplicará el descuento del 10% del valor del seguro. Es importante aclarar que, en ningún caso, el tomador del seguro podrá hacerse acreedor del beneficio más de una vez por el mismo vehículo.
Justo antes de que el Gobierno Nacional emitiera este fin de semana el Decreto 2497 –que legaliza el descuento de hasta el 50% del precio del SOAT para vehículos como motos, taxis, microbuses urbanos, vehículos de negocio, servicio público urbano, buses, entre otros–, la Procuraduría le notificó una dura alerta al Ministerio de Salud. La procuradora Margarita Cabello advirtió que ese decreto golpea de forma directa el presupuesto destinado al sistema de salud.
“Si disminuye el ingreso por SOAT, disminuirá la protección en salud y le correspondería sacar del presupuesto nacional el cubrimiento de esa siniestralidad y accidentalidades”, aseguró la jefa del Ministerio Público.
Para la funcionaria, esa eventual desfinanciación afecta la salud, los hospitales y el cubrimiento de los accidentes y de las personas siniestradas en hechos que involucran a motocicletas, incluso los que están cubiertos por el SOAT.
Rebaja del SOAT podría impactar negativamente el sistema de salud.
Y es precisamente en ese espiral de consecuencias negativas por la rebaja del seguro obligatorio donde está el trasfondo de la alerta –que no solo la hace la Procuraduría, sino también expertos en salud y en movilidad– y su impacto en el sistema de salud y sus finanzas. Dos palabras son claves: evasión y accidentalidad.
Según reportes del Registro Único Nacional de Tránsito, en Colombia hay 17,8 millones de vehículos, de los cuales 10,8 millones (60,67 %) son motos y 7 millones (39,33 %) son carros. De este total del parque automotor, de acuerdo con la Federación de Aseguradores Colombianos, 8,5 millones de vehículos (el 47,75 %) no lo tienen vigente; es decir, su propietario evade el pago.
Y, por otro lado, datos de la Agencia Nacional de Seguridad Vial indican que la siniestralidad en las vías del país se incrementó en un 14,03 %, pues pasó de 5.768 muertes –en 2021– a 6.577 en lo corrido del año 2022.
Estos dos factores crean un escenario perfecto para la desfinanciación, el peor enemigo de cualquier sistema.
El SOAT no cuenta con la totalidad de recursos que debería tener por cuenta de la evasión, pero al mismo tiempo la siniestralidad vial (que debe atenderse en salud con estos recursos) ha incrementado. Entonces, hay más número de accidentes de tránsito que atender, pero con menos recursos que necesita el seguro para estar equilibrado.
Respecto al SOAT, el Gobierno anunció en noviembre que rebajaría su precio en un 50 % y este fin de semana expidió el decreto para llevarlo a cabo; se espera disminuir la evasión de su pago (que está en el 47,75 %), así como facilitar el acceso a este aseguramiento.
Para entender este rollo vale la pena explicar el funcionamiento del SOAT. Es un pago que, como su nombre lo dice, es obligatorio (al menos en el papel) para todas los que tengan algún vehículo que funcione con motor.
Este se obtiene por medio de alguna de las aseguradoras que tienen convenio para hacerlo (como Suramericana, Bolívar o Axxa Colpatria) y, una vez se cancele su valor, tiene vigencia por un año.
Mediante este seguro se protege a los conductores ante posibles accidentes de tránsito en los que puedan haber heridas que requieran atención médica en un centro asistencial. Esos gastos corren por cuenta del SOAT.
Su precio varía dependiendo del modelo del vehículo, del tamaño, de su cilindraje o de su valor comercial, entre otros, para que sea un impuesto progresivo (a mayor nivel de ingresos, mayor será el porcentaje de impuestos a pagar).
¿Y qué tiene que ver esto con el sistema de salud?
Al ente de control disciplinario le preocupan tres aspectos.
El primero, la incertidumbre en la red de prestadores públicos y privados, los que le prestan el servicio de salud a los accidentados; el segundo, las deficiencias de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) para hacer auditorías; y, tercero, las conductas restrictivas que afecten al paciente al momento de su atención en un accidente de tránsito.