Este porcentaje del 35.25, que será el máximo que se podrá cobrar por parte de las entidades bancarias, representa un aumento de 129 puntos básicos (1.29%) en relación con la anterior certificación (22.21%).
El ajuste significa que a partir de la fecha las compras con tarjetas de crédito son más costosas.
En el comunicado, la Superfinanciera hace las siguientes precisiones:
INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 35.25% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
USURA
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 35.25% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 193 puntos básicos (1.93%) con respecto al periodo anterior (33.32%).
OTRAS CERTIFICACIONES VIGENTES
La Superintendencia Financiera recuerda que en desarrollo de sus atribuciones legales y reglamentarias, mediante las Resoluciones 0801 de 2022 y 1095 de 2021 certificó el interés bancario corriente para las modalidades de microcrédito y consumo de bajo monto, en los siguientes términos: