– Los miembros del Tribunal de Cuentas serán elegidos mediante el sistema de carrera administrativa, en el que prevalezca el mérito, la transparencia y la publicidad.
-Esta reforma constitucional enmendará vicios que atacan el sistema de pesos y contrapesos en la democracia y en la eficiencia de los órganos de control.
La bancada del Pacto Histórico del Senado, liderada por el presidente de la Corporación, Roy Barreras, radicó hoy el acto legislativo que elimina la Contraloría y la Auditoría General de la Nación, que serán reemplazadas por un Tribunal de Cuentas.
Esta reforma modifica la estructura actual del control fiscal que ejerce la Contraloría y la Auditoria General, de manera que ese nuevo Tribunal de Cuentas haga parte de la rama judicial, lo que dará mayor independencia, autonomía y capacidad técnica para ejercer sus funciones.
“Esta iniciativa busca combatir efectivamente la corrupción a través de la modificación de la estructura del control fiscal. Actualmente, la Contraloría solo puede proferir fallos por medio de actos administrativos que son impugnados ante la jurisdicción administrativa. Con el Tribunal de Cuentas esta posibilidad se elimina y profiere sentencias definitivas con carácter de cosa juzgada”, indicó el autor de la iniciativa ROY BARRERAS.
El Acto Legislativo establece:
- Es un órgano que asiste al Congreso de la República en el ejercicio del control y vigilancia de la ejecución del presupuesto, así como en la evaluación de las políticas públicas tanto del gobierno nacional, como de las entidades territoriales.
- Los miembros del Tribunal de Cuentas serán provistos mediante el sistema de carrera administrativa, en el que prevalezca el mérito, la transparencia y la publicidad; el número de miembros, su organización y funcionamiento se reglamentará mediante ley orgánica que expida el Congreso dentro del año siguiente a la aprobación del acto legislativo. Esto busca darle mayor autonomía e independencia de las demás ramas del poder público al órgano de control.
- Se crean igualmente las Cámaras Departamentales de Cuentas, las cuales ejercerán ese mismo control fiscal y de evaluación de políticas públicas en los entes territoriales, y serás igualmente reglamentadas mediante ley orgánica.
- Se elimina la Contraloría General de la República y las Contralorías Departamentales, Municipales y Distritales, a partir de la expedición de la ley orgánica que reglamente la nueva estructura del sistema fiscal, cuyo órgano de cierre es el Tribunal de cuentas.