La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos a cuatro empresas del sector lácteo para determinar si habrían realizado presuntos actos de competencia desleal de engaño y violación de normas, al presuntamente adicionar lactosuero a la leche entera higienizada UAT.
Las cuatro empresas investigadas por el ente de control son: Gloria Colombia S.A.S., Lactalis Colombia Ltda. (Parmalat), Sabanalac S.A. y Compañía Procesadora y Distribuidora de Lacteos Ltda. (Hacienda San Mateo).
La entidad aclaró que contra esta decisión no procede ningún recurso.
Detalles de caso.
La Superintendencia detalló que la investigación se inició luego de recibir varias denuncias, algunas de ellas anónimas, por la adición de lactosuero a la leche entera higienizada UAT, comercializada por varias empresas productoras y comercializadoras del producto.
Para acreditar la adición de lactosueros a la leche entera higienizada por parte de las investigadas, funcionarios de la entidad realizaron, entre otras actuaciones, visitas de inspección en conjunto con el Invima en donde se tomaron distintas muestras que fueron analizadas por esa entidad.
“Los resultados de las pruebas realizadas por el Invima demostraron la presencia de Lactosuero Caseinomacropétido (CMP) en algunas de las muestras analizadas en grandes cantidades en comparación con el valor promedio de 30 μg/ml (microgramos por mililitro), utilizado como referencia para la leche cruda (sin higienizar)”, explica la entidad.
“Con estas conductas las investigadas estarían incurriendo en actos desleales de engaño frente a los consumidores finales pues estarían vendiendo un producto que se publicita como leche, pero al que se le han adicionado grandes cantidades de lactosuero sin informar dicha circunstancia al consumidor”, afirma Superintendencia.
La entidad agrega que las empresas investigadas también “estarían incurriendo en actos desleales de violación de normas por haber infringido las prohibiciones establecidas en el artículo 14.1 del Decreto 616 de 2006 y en el artículo 8 de la Resolución No. 2997 de 2007 del Ministerio de Salud, normas que prohíben en forma absoluta la adición de lactosueros a la leche en todas las etapas de la cadena productiva”.
De encontrarse probadas las conductas, la Superintendencia de Industria y Comercio podrá imponer multas de hasta de 100.000 salarios mínimos vigentes ($100.000.000.000) por cada conducta, o incluso mayores.
Superindustria abre investigación de protección al consumidor
La Superintendencia de Industria y Comercio también inició una investigación en contra de Gloria Colombia S.A.S., por presuntas vulneraciones al régimen de protección al consumidor, “específicamente a las normas sobre calidad e información, en el marco de la fabricación y comercialización de leche”.
Las marcas sobre las que la compañía debe entregar información clara, veraz, suficiente y precisa a los consumidores son:
- Leche entera larga vida (Algarra)
- Leche entera larga vida (Carulla)
- Leche entera (Algarra)
- Leche Larga Vida (Medalla de oro)
- Leche entera (De la Cuesta)
Luego de que la Superindustria analizara todo el material probatorio, pudo establecer que los productos analizados no tendrían la calidad que se espera, ni la atribuida en la información suministrada por la sociedad investigada.
La empresa podría afrontar multas hasta por 2.000 salarios mínimos legales vigentes ($2.000.000.000) por cada infracción.
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