La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció que, tras las audiencias de reconocimiento cumplidas en las últimas semanas, está próxima a emitir decisiones para imponer las primeras sanciones propias a los máximos responsables de los más graves crímenes del conflicto armado, ocurridos hasta el 1 de diciembre de 2016. Además, señaló que activará mecanismos de contribución concreta a la reparación a cargo de los comparecientes.
Además de las sanciones propias de la restricción de la libertad, la JEP contempla sanciones alternativas y ordinarias, que van de los 5 a los 20 años de cárcel para los comparecientes que no reconozcan su responsabilidad o lo hagan tardíamente.
Las sanciones propias son las únicas que no conducen a la cárcel, pero implican una restricción efectiva de libertades y derechos que van de 5 a 8 años. Es decir, las condiciones de detención de los responsables de los crímenes más graves traen como consecuencia la realización de trabajos, obras y actividades con contenido restaurador-reparador (TOAR) además, entre otras cosas, de la delimitación del espacio donde se ubicarán los comparecientes y los horarios determinados para el cumplimiento de la sanción.
Ninguna de las sanciones que aplicará la JEP conduce a la impunidad. Por el contrario, apuntan a saldar la deuda histórica que tiene la justicia con las víctimas. Juzga a los máximos responsables de los crímenes, pero también devela las políticas y los patrones criminales que facilitaron la reproducción de la violencia y adopta decisiones que desarticulan los ejes que les permitieron operar.
Las sanciones propias, en sí mismas, son una garantía de no repetición de los hechos que causaron tanto daño a miles de personas.
Dentro de los casos que investigan el secuestro y los “falsos positivos”, el reconocimiento de responsabilidad de las FARC-EP y de los miembros de la Fuerza Pública ya empezaron a despejar el camino que conduce a la imposición de las primeras sanciones.
En la actualidad la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP evalúa con altos estándares qué comparecientes son o no acreedores a una sanción propia.
En un lapso de tres meses –contados a partir de las audiencias de reconocimiento–, la Magistratura emitirá la Resolución de Conclusiones que trasladará al Tribunal para la Paz, exactamente a la Sección de Primera Instancia en casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad. Esta última instancia se encargará de estudiar las propuestas de las víctimas frente a la reparación, además de analizar la imputación realizada y dictar la sentencia correspondiente, en la que impondrá las sanciones restaurativas.
Entre los Trabajos, Obras y Actividades, TOAR, con contenido restaurador-reparador contemplados por la ley para que los comparecientes adelanten programas de reparación efectiva están los de protección medioambiental, construcción de infraestructuras, mejora de la electrificación y conectividad, y sustitución de cultivos de uso lícito y desminado.
Según un comunicado emitido por el alto tribunal, debido a que se trata de instituciones transicionales sin precedentes, tanto la JEP como el Gobierno nacional reconocen que resulta fundamental trabajar armónicamente, respetando las competencias de todas las entidades, para implementar el arreglo institucional del Estado para la ejecución de los componentes de las sanciones propias y medidas de contribución a la reparación a cargo de los comparecientes ante la JEP.
Para el efecto, el Consejo Nacional de Política Económica y social, aprobó el documento CONPES 4094 que fija los lineamientos de política para implementar el arreglo institucional del Estado para la ejecución de los componentes de las sanciones propias y medidas de contribución a la reparación.
Con este propósito el documento CONPES traza tres objetivos específicos: (i) fortalecer los mecanismos de articulación institucional del Estado para la implementación de los componentes de las sanciones propias y medidas de contribución a la reparación a cargo de los comparecientes ante la JEP; (ii) clarificar las competencias institucionales en la Rama Ejecutiva y las condiciones de viabilidad y sostenibilidad para la implementación de los componentes de las sanciones propias y medidas de contribución a la reparación a cargo de los comparecientes ante la JEP; y (iii) implementar la oferta gubernamental adecuada para ejecutar los componentes de las sanciones propias y medidas de contribución a la reparación, en el marco de las funciones jurisdiccionales de la JEP.
La JEP hace, además, las siguientes precisiones:
Los objetivos específicos se concretarán por medio de la ejecución de un conjunto de acciones en un horizonte de cinco años. Las acciones materializan los esfuerzos de gestión para la implementación del arreglo institucional. Por su parte, la oferta gubernamental adecuada para la ejecución de los componentes de las sanciones propias y medidas de contribución a la reparación a cargo de los comparecientes ante la JEP, con su respectivo presupuesto, se identificará posteriormente, producto del desarrollo de las acciones contempladas en los lineamientos de esta política.
Las acciones del documento Conpes se implementarán respetando las competencias autónomas de la JEP para definir los componentes de las sanciones propias y las medidas de contribución a la reparación. Además, contempla, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo Final y en la Ley, los enfoques de género, diferenciales y territorial.
La JEP enfatiza que el arreglo institucional contemplado en estos lineamientos de política no afecta las garantías de participación de las víctimas ni interfiere en las facultades de intervención de los comparecientes, que ya prevé el ordenamiento de implementación del Acuerdo Final de Paz. Además, entre las acciones del documento CONPES, está previsto desarrollar una estrategia que articule y promueva la participación de organizaciones de víctimas, otros actores de la sociedad civil, y entidades territoriales.
Adicionalmente, el arreglo institucional que se derivará de la realización de las acciones del Documento Conpes no agota las condiciones que se requieren para la implementación de sanciones propias y medidas de contribución a la reparación. Este documento constituye un paso decisivo en esa dirección, de conformidad con los principios de la justicia transicional del Acuerdo Final para la Paz.
Los lineamientos de esta política hacen parte de los esfuerzos y las medidas implementadas por el Gobierno nacional en la construcción de paz, con centralidad en las víctimas, bajo los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición, y de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad (Ley 1955 de 2019); el Acuerdo Final; el Acto Legislativo 01 de 2017; y la Ley 1957 de 2019, Estatutaria de la Administración de Justicia en la Jurisdicción Especial para la Paz.
Este documento CONPES se elaboró en distintas mesas interinstitucionales de trabajo en las que participaron la Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación, la Oficina Alto Comisionado para la Paz, Secretaría Jurídica de Presidencia de la República, el Ministerio de Justicia y del Derecho, el Ministerio de Defensa Nacional, el Departamento Nacional de Planeación, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, la Agencia de Renovación del Territorio, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, y la JEP. También contó con una etapa de socialización, en la que se recibieron comentarios al documento. Esta etapa comprendió la publicación del borrador del Documento Conpes en el portal Web del DNP para comentarios de la ciudadanía, así como reuniones con el Comité Ejecutivo de la Mesa Nacional de Víctimas y la Comisión de Participación de la JEP.
Finalmente la JEP afirma que el documento CONPES marca un hito en el trabajo conjunto entre el Gobierno nacional y la Jurisdicción Especial para la Paz, hace parte de un proceso interinstitucional amplio de construcción de paz y de los procesos de justicia transicional con centralidad en las víctimas y el goce efectivo de sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.